Participación Ciudadana
El Estado reconoce a las personas el derecho de participar en sus políticas, planes, programas y acciones. Cada órgano de la Administración del Estado debe establecer las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública a través de la norma general de participación ciudadana, regula las modalidades formales y específicas en que las personas pueden participar e incidir en el desarrollo de todo el ciclo de gestión de las políticas públicas que son de su competencia.
Los mecanismos de participación ciudadana constituyen procesos de corresponsabilidad social entre la ciudadanía y los órganos del Estado. Dichos mecanismos se encuentran conformados por un número variable de etapas que presentan objetivos, requisitos de participación, procedimientos de trabajo y periodicidad de funcionamiento definidos previamente; teniendo por finalidad fortalecer, transparentar y mejorar la gestión pública, contribuyendo en el diseño, revisión y cumplimiento de las políticas, planes, programas y acciones del Ministerio del Interior, y de esta Subsecretaría.
Son mecanismos de participación ciudadana los siguientes:
- a) Acceso a Información Relevante.
- b) Cuentas Públicas Participativas.
- c) Consultas Ciudadanas.
- d) Consejo Consultivo de la Sociedad Civil
Cada órgano de la Administración del Estado debe poner en conocimiento público información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible.
La Subsecretaría de Prevención del Delito publica en su página web y en el portal de Transparencia Activa, toda la información relevante respecto sus políticas, planes, programas y presupuestos.
Además, mediante el Sistema Integral de Atención Ciudadana (SIAC), la ciudadanía puede realizar sugerencias y consultas al respecto.
Las Cuentas Públicas Participativas son espacios de diálogo abierto entre la autoridad pública, los representantes de la sociedad civil y la ciudadanía en general, que permiten a la autoridad pública rendir cuenta anual de la gestión de políticas públicas, y a los ciudadanos ejercer control social sobre la administración pública.
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, conformado por sus Subsecretarías, así como la Oficina Nacional de Emergencia y el Servicio de Gobierno Interior, realizarán anualmente un proceso de Cuenta Pública Participativa, con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada en el año inmediatamente anterior y recoger opiniones, comentarios, inquietudes y sugerencias sobre la misma, promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad social.
Con el objetivo de mejorar las políticas públicas que se desarrollan en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se pondrán en conocimiento las materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas. Este proceso debe realizarse siempre manteniendo los criterios de representatividad, diversidad y pluralismo.
Las Consultas Ciudadanas pueden ser realizadas mediante Diálogos Participativos de ejecución presencial o por medio de Consultas Ciudadanas Virtuales.
Los Diálogos Participativos son procesos de diálogo entre los respectivos Jefes de Servicio, o quienes éstos determinen, y representantes de la sociedad civil, sobre diversos temas de competencia del servicio respectivo, con el fin de promover la participación ciudadana en los asuntos gubernamentales. Es una metodología de trabajo que permite participar en cualquier momento del ciclo de las políticas públicas, incluyendo el diseño, implementación y evaluación de éstas.
Las Consultas Ciudadanas Virtuales son espacios de encuentro virtual entre la ciudadanía y la autoridad pública que permiten recoger opiniones, observaciones y propuestas sobre un tema específico de política pública.
Resultados:
Primera Consulta Ciudadana – Sello de Seguridad
Segunda Consulta Ciudadana – Fondo Nacional de Seguridad Pública 2020
El Consejo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Prevención del Delito está compuesto por representantes de las organizaciones de la sociedad civil directamente relacionadas con las políticas, servicios, programas o planes de competencia de la Subsecretaría.
Tiene carácter consultivo y se conforma de manera diversa, representativa y pluralista, dando cumplimiento a los estándares normativos exigidos.
El Consejo de la Sociedad Civil tiene como objetivo participar con su opinión en los procesos de toma de decisión sobre las políticas, los planes, los programas y el presupuesto de la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Proceso de formación
La Subsecretaría de Prevención del Delito convocó a participar, en mayo de 2018, a diversas instituciones para ser miembros del Consejo de la Sociedad Civil, previa acreditación por parte de las organizaciones. Proceso cuyo resultado fue publicado en su sitio web garantizado la transparencia en el mismo.
Los consejeros
Los consejeros y consejeras se eligieron de acuerdo a criterios que garantizan la presencia de representantes de la sociedad civil que tengan relación con la misión de la Subsecretaría de Prevención del Delito y que reflejen la diversidad de opinión al interior del Consejo.
Dichos consejeros y consejeras fueron elegidos en una primera oportunidad y en forma transitoria, por el correspondiente acto administrativo: Resolución Exenta N°1231, del 26 de junio de 2018.
Revisa la nómina actualizada de Consejeros.
Normativa Interna
La Resolución Exenta N°1231, además de establecer a los primeros miembros, aprueba el Reglamento Interno por el cual se rige el Consejo.
Sin embargo, en la sesión ordinaria N°10 del 7 de agosto de 2019, la Secretaria Ejecutiva del Consejo propone realizar modificaciones al reglamento para corregir falencias detectadas e incorporar procesos que se encontraban ausentes en la normativa vigente, mejorando el desarrollo de las sesiones y el trabajo de los consejeros.
Es así como el Consejo de la Sociedad Civil, en su primera sesión del año 2020, acuerda el texto final de su nuevo reglamento, el cual fue sancionado por la autoridad mediante Resolución Exenta N°512, del 13 de marzo de 2020.
Actas de sesiones
En cumplimiento de lo indicado en el Reglamento, se publicarán las actas que se levanten en cada sesión, previa aprobación del Consejo.
Revisa las actas de las sesiones.