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Actividad física y deportiva podrá realizarse solo en espacios abiertos en comunas en Cuarentena

Las personas deberán disponer de su pase de movilidad o un permiso individual en caso de que la actividad se realice fuera de la banda horaria de “Elige Vivir Sano” la cual rige de lunes a viernes de entre las 05:00 y 09:00 horas, y fines de semanas y festivos entre las 05:00 y las 10:00 horas. Además, no podrá reunirse más de cinco personas.
Las personas deberán disponer de su pase de movilidad o un permiso individual en caso de que la actividad se realice fuera de la banda horaria de “Elige Vivir Sano” la cual rige de lunes a viernes de entre las 05:00 y 09:00 horas, y fines de semanas y festivos entre las 05:00 y las 10:00 horas. Además, no podrá reunirse más de cinco personas.
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El Gobierno informó, a través del Instructivo de Desplazamiento, que en las comunas que se encuentren en Fase 1 de Cuarentena del Plan Paso a Paso se autoriza la actividad física o deportivas solo en lugares abiertos.

Para eso, las personas deberán contar con su pase de movilidad o un permiso individual, y con un aforo máximo de cinco personas. Además, estas actividades no podrán contar con la presencia de público.

Respecto a la banda horaria “Elige Vivir Sano”, esta seguirá vigente en las comunas en Cuarentena, donde los días de semana se podrán realizar actividades al aire libre, sin necesidad de solicitar un permiso para ello, entre las 05:00 y 09:00 horas. Asimismo, las personas residentes en comunas en Paso 1 (Cuarentena) o Paso 2 (Transición) podrán, los fines de semana y festivos realizar actividades al aire libre, sin necesidad de solicitar un permiso para ello, entre las 05:00 y las 10:00 horas.

Durante este tiempo, las personas no podrán, sin contar con el permiso correspondiente, ingresar a locales comerciales, hacer compras, hacer uso del transporte público o privado, ni realizar alguna de aquellas actividades para las que se requiera permiso de forma expresa.

En ningún caso podrá salir de su residencia, una persona que se encuentre en los registros de COVID-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria, ni aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N°43 de 2021 del Ministerio de Salud y sus modificaciones posteriores.